Tony Macías

(CARTA REPLICA)

(CARTA REPLICA)

MUSSIO CARDENAS ARELLANO

PERIODISTA INDEPENDIENTE

PRESENTE

JESÚS ANTONIO MACÍAS YAZEGEY (Tony Macías) con domicilio para oír y recibir tipo de notificaciones en Abasolo 1107 de la Colonia María de la Piedad en la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz comparezco para exponer lo siguiente:

Con fundamento al artículo 6 (Derecho de Replica), 8 (derecho de petición) y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la LEY REGLAMENTARIA del artículo 6 Párrafo Primero de la Carta Magna y la Ley de Imprenta, aclarando una nota publicada el pasado 20 de Enero del año en curso en su periódico virtual mussiocardenas.com en la columna Informe Rojo, así como en su cuenta oficial de Facebook en el cual señalan:

1.- “50 días después, Tony Macías ríe”

La nota periodística publicada de manera irresponsable, es calumniosa ya que se me trata de ladrón y lastima mi dignidad como persona, ya que me denosta y nos causa un perjuicio ya que también incluyen a mi familia: por lo que me permito hacer esta precisiones para que sean publicadas en mismo lugar donde se publico la nota 50 días después, Tony Macías ríe:

1.- Antes que todo, hago la observación de que de acuerdo a LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS sólo los servidores públicos, en cualquiera de los tres niveles, son responsables del manejo de recursos públicos y por ende son susceptibles acusados por cometer el delito de desvío de recursos públicos, y yo nunca he sido servidor público ni pretendo serlo.

Soy un empresario y en caso de la nota, esta no aporta NI UN SOLO DATO que demuestre su autenticidad.

2.- CABE MENCIONAR QUE TODOS Y CADA UNO DE LOS PREDIOS QUE MENCIONA EN DICHA NOTA ESTAN PLENA Y LEGALMENTE CONSTITUIDOS

En realidad, desconocemos de donde salgan esas informaciones en contra mi persona lo cual me causa un DESPRESTIGIO, DAÑO MORAL PERJUICIO Y DESCREDITO EN MI PERSONA DEBIDO A QUE LA NOTA ANTES MENCIONADA DICE QUE ME ROBÉ LOS TERRENOS y lo cierto es que siempre he sido un Empresario con Sentido Nacionalista y Humanista y en todo momento me la he jugado con el País para la generación de Empleos en la Zona Sur del País, específicamente en Coatzacoalcos Veracruz.

Todos sabemos que la situación del País y de la cual no he sido ajeno sin embargo sigo en pie de Lucha y me causa desprestigio sobre mi persona en hacer una campaña en mi contra con acusaciones absurdas, infundios e inventos a través de diferentes medios de comunicación que repicaron diversos medios por la publicación indebida esto porque me pone en contra del Gobernador de Veracruz; y mal intencionada en contra de mi persona, ya que nunca me he reído de nadie.

3.- Por lo anterior y toda vez que estarme publicando falsos difamadores y calumnias de supuestos Delitos sobre mi persona que no se me ha comprobado VIOLAN MIS DERECHOS HUMANOS Y EL DEBIDO PROCESO consagrados en la Constitución POLÍTICA de los estados Unidos Mexicanos y lo señalado en la Corte Interamericana de los Derechos Humanos al estar inquisitoriamente incriminando delitos que no he cometido y señalándome como delincuente sin ningún sustento de los hechos y violándome también el PRINCIPIO DE INOCENCIA consagrado en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales que establece lo siguiente “Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su Responsabilidad mediante sentencia emitida por el órgano Jurisdiccional. En los términos señalados de este código”.

4.- Así mismo aceptando sin conceder y para caso que nos ocupa contraviene la publicación el artículo 15 del Código Nacional de Procedimientos Penales que establece EL DERECHO A LA INTIMIDAD LA PRIVACIDAD que establece “En todo Procedimiento Penal se respetará el derecho a la intimidad de cualquier persona que intervenga en él, así mismo se protegerá la información que se refiere a la Vida Privada y los datos personales, en los términos y con las excepciones que fijan la Constitución, el Código Nacional y la legislación aplicable”.

Motivo por el cual y de acuerdo a lo ya mencionado la publicación es dolosa y tendenciosa el cual lastima mi honor y aunado a ellos que está prohibida por la Ley ya que compromete mi dignidad como persona violando el Principio (Pro Persona) así como la estimación de mi persona exponiéndome a Nivel Nacional y local al odio, Desprecio o ridículo y sufriendo daños en mi reputación Tanto en mis intereses personales y Pecuniarios violando el artículo 1 fracción I, II, III, IV 2, fracción I, II y demás relativos a la Ley de Imprenta.

5.- Por tal motivo solicitó muy respetuosamente publiquen mi cara por el derecho que me asiste en el mismo lugar y espacio donde publicaron mi nota o en su caso Mi Despacho de Abogados Asociados Internacionales de la cual soy Presidente Fundador se reservará el Derecho de Ejercitar la acción Legal que Corresponda por el Daño Moral, así como mi Dignidad Humana establecido en el artículo 1849 bis del Código Civil del Estado de Veracruz y lo que corresponda como la es la Tesis Jurisprudencial 1ª./j. 37/2016 (10A) de la Suprema Corte de Justicia, Primera Sala; “DIGNIDAD HUMANA. CONSTITUYA UNA NORMA JURIDICA QUE CONSAGRA UN DERECHO FUNDAMENTAL A FAVOR DE LAS PERSONAS Y NO UNA SIMPLE DECLARACIÓN DE ETICA”

6.- Toda vez que violan mi Derecho de Honor como lo establece la TESIS JURISPRUDENCIAL NUM 1A./J. 32/2013 (10A) DE SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, PRIMERA SALA que a la letra dice; LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DERECHO AL HONOR, EXPRESIONES QUE SE ENCUENTRAN PROTEGIDAS CONSTITUCIONALMENTE. “LA RELACIÓN ENTRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LOS DERECHOS DE LA PERSONALIDAD, COMO EL HONOR, SE COMPLICA CUANDO LA PRIMERA SE EJERCE PARA CRITICAR A UNA PERSONA, DE FORMA TAL QUE SE SIENTA AGRAVIADA.”

Coatzacoalcos, Veracruz a 20 de Enero del “2017

A T E N T A M E N T E

Lic Jesús Antonio Macías Yazegey (Tony Macías)

Telefono 921 21 22348

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